lunes, mayo 25, 2009

HA HECHO UD análisis de sensibilidad por cambios en el entorno.

El Gobierno Corporativo ante los riesgos

  • HA HECHO UD análisis de sensibilidad por cambios en el entorno.
  • La administración y aplicación de políticas de riesgo en las empresas genera valores agregados; el Consejo de Administración debe plantear diferentes escenarios para tomar las mejores decisiones.

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Publicado a las 06:00 Lunes, 25 de Mayo de 2009 Más noticias de Negocios
 
CIUDAD DE MÉXICO — No queda la menor duda de que algunos de los Consejos de Administración en México han tenido poca precaución en la administración de riesgos. Una crisis económica de proporciones inadvertidas sumada a una epidemia que paralizó al país durante medio mes, ha dejado al descubierto a los consejeros que no han hecho los análisis de sensibilidad por cambios en el entorno.

En estos órganos colegiados empresariales la previsión quedó corta. En algunos casos más graves, sobre todo en las empresas que optaron por una estrategia corporativa y por una estructura financiera riesgosa, las consecuencias resultaron catastróficas. En general, la poca atención en el Consejo de Administración a tener una aproximación disciplinada de los temas de riesgo ha quedado manifiesta. No hay claridad sobre si algún Comité existente, ya sea el de auditoría, el de planeación y finanzas, el de prácticas societarias, o bien, el Consejo en pleno debe hacerse cargo de la revisión periódica de los riesgos financieros y operativos. Los cambios drásticos en el entorno, ejemplificados en la crisis económica y en la epidemia de influenza AH1N1, han aportado sin embargo, una lección positiva para el gobierno corporativo y más en particular para el quehacer de los consejeros y de la alta dirección en el tema de riesgos: la construcción de escenarios simples o complejos en los que se puedan manipular variables del entorno de la empresa y, que a su vez, provoquen la discusión y reflexión de las probabilidades de ocurrencia y, más importante, sobre las diversas posibilidades de acción dado el escenario que deben incluirse como parte de las mejores prácticas corporativas.

De hecho el Código de Mejores prácticas Corporativas, emitido por el Consejo Coordinador Empresarial en el 2006, incluye dentro de sus principios fundamentales la recomendación de que un buen sistema de gobierno corporativo debe comprender "la identificación y control de los riesgos a que está sujeta la sociedad". Adicionalmente, se recomienda que los Principios básicos señalados y las Prácticas que de ellos se derivan, "sean adoptados como parte de la cultura de la sociedad, observados desde los más altos niveles de la administración y transmitida a todo el personal que integra las distintas áreas de la organización."

Inclusive, el Código recomienda que "el Consejo de Administración sesione cuando menos cuatro veces al año y que una de ellas sea dedicada a la definición y revisión de la visión estratégica de la sociedad".

En el Código mexicano existen funciones del Consejo que pudiesen delegarse en el trabajo de órganos intermedios o Comités y, en dos de éstas funciones, se establecen responsabilidades para los consejeros en el área de riesgos: dentro de las funciones de Auditoría se incluye la de "verificar que se observen los mecanismos establecidos para el control de los riesgos a que está sujeta la sociedad."; dentro de las funciones de Finanzas y Planeación se recomienda que "se analicen y evalúen los factores de riesgo a los que está sujeta la sociedad, así como los mecanismos para su control".

En esta misma función se sugiere que "se auxilie al Consejo de Administración en la identificación de los riesgos a que está sujeta la sociedad y en la evaluación de los mecanismos para prevenirlos y controlarlos."

El Código de Mejores Prácticas Corporativas, como podemos observar, ha hecho estas recomendaciones a todas las empresas del país, sin embargo, la identificación y administración de riesgos no es un tema sencillo.

En primer lugar los riesgos pueden ser de naturaleza objetiva o subjetiva y ambos tipos se pueden materializar produciendo diversos resultados siempre con un grado de incertidumbre. El potencial de resultados negativos, cuando se materializa, un riesgo se podrá medir en el flujo de efectivo, en el valor de la acción, en el EBITDA, en la participación de mercado y quizás, en noches de insomnio.

Por lo tanto, la administración y la elaboración de políticas de riesgo en el Consejo de Administración inicia con la identificación de los mismos, con su cuantificación y conocimiento, con su aceptación, con una estrategia para su mitigación, con un control y, por último, con la revelación del riesgo hacia los legítimamente interesados.

La administración de riesgos nunca es gratuita. Es probable que en algunos casos los costos de tener ciertas políticas de administración de riesgos excedan los beneficios. El Consejo debe resolver la pregunta estratégica sobre ¿en qué casos la reducción de riesgos aumenta el valor de la empresa?, y ¿en qué casos tomar riesgos aumenta el valor? El apetito de riesgo de cada empresa lo deben definir los legítimamente interesados en la misma: accionistas, empleados, proveedores, clientes, autoridades, etcétera ,y es el Consejo de Administración quién deberá tomar en cuenta a cada una de estas comunidades para formular sus políticas de riesgo.

*El autor es el director general del Centro de Excelencia en Gobierno Corporativo de México y director de la Facultad de Negocios de la Universidad Anáhuac México Sur.


Fuente:
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Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
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ránking estadounidense destacó a juristas locales

¿cuantos de estos estudios tienen programas de marketing juridico? ¿Cuantos ya aplican RSE en sus estudios?

Los "best lawyers": Los mejores abogados chilenos según sus pares

Emilio Maldonado Quevedo df


Todo partió como un listado de contactos para los abogados en Estados Unidos.

Con más de 25 años de trayectoria, la que comenzó como una especie de "páginas amarillas" legal en el país norteamericano, se transformó finalmente en un ranking que ya incluye a más de 29 mil abogados estadounidenses, repartidos en 78 especialidades distintas.

Con el tiempo, esta guía que basa su elaboración encuestando a los mismos juristas, quienes de manera anónima eligen a los mejores en cada categoría, comenzó a expandirse por el mundo, hasta que finalmente llegó a Chile.

En esta oportunidad, The Best Lawyers cruzó más de 3.000 votos entre la base de datos que tiene en el país. Luego de recontar estos sufragios, realizado por los mismos abogados, la guía -que publica sus resultados en su página web- elaboró el ranking con los mejores profesionales en 17 distintas áreas. Y, a diferencia de otros listados, no subdivide a sus galardonados en primeros, segundos o terceros lugares.

Entre las divisiones más concurridas están Arbitraje y Mediación; Litigios; Derecho Corporativo; Banca y Finanzas; Recursos Naturales y Libre Competencia.


Los laureados por área

 Arbitraje y Mediación: Enrique Barros, Fernando Barros, Jorge Bofill, Felipe Bulnes, Juan Ignacio Correa, José Tomás Errázuriz, Cristóbal Eyzaguirre, José María Eyzaguirre, Juan Agustín Figueroa, Pedro Pablo Gutiérrez, Davor Harasic, Andrés Jana, Cristóbal Jimeno, Raimundo Labarca, Julián López, Nicole Nehme, Luis Ortiz Quiroga, Alvaro Ortúzar, Felipe Ossa, Pablo Rodríguez, Mónica Van Der Schraft.

 Banca y Finanzas: Marcelo Armas, Cristián Barros, Pablo Bauer Novoa, Eugenio Besa, José Tomás Errázuriz, Cristián Eyzaguirre, Cristóbal Eyzaguirre, José María Eyzaguirre B., Pedro García, Jorge Granic, Pablo Guerrero, Roberto Guerrero Valenzuela, Felipe Larraín, Max Letelier, Juan Guillermo Levine, Jaime Martínez, Guillermo Morales, Rodrigo Ochagavía, Alberto Pulido, Juan Pablo Schwencke, Rodrigo Sepúlveda, Bernardo Simian.

 Derecho Corporativo: Alfredo Alcaíno, Arturo Alessandri, Enrique Barros, Cristián Barros, Fernando Barros, Eugenio Besa, Manuel Bezanilla, Jorge Carey, Jorge Delpiano, José Ignacio Díaz, Sergio Diez, José Tomás Errázuriz, Sebastián Eyzaguirre, Cristián Eyzaguirre, Cristóbal Eyzaguirre, José María Eyzaguirre B., José María Eyzaguirre, Jorge Granic, Roberto Guerrero, Pablo Guerrero, Roberto Guerrero Valenzuela, Juan Francisco Gutiérrez, Cristián Herrera, Luis Oscar Herrera, Francisco Javier Illanes, Juan Irarrázaval, Carlos Larraín Peña, Max Letelier, Jaime Martínez, Guillermo Morales, Rodrigo Ochagavía, José Luis Prieto, Patricio Prieto, Juan Pablo Schwencke, Francisco Ugarte, Claudio Undurraga, Salvador Valdés, Luis Carlos Valdés, Felipe Vial.

 Libre Competencia: Enrique Barros, Felipe Bulnes, José Manuel Bustamante, Carlos Concha, Cristóbal Eyzaguirre, José María Eyzaguirre, Francisco González, Juan Francisco Gutiérrez, Nicole Nehme, José Luis Prieto.

 Litigios: Enrique Barros, Felipe Bulnes, Juan Ignacio Correa, Claudio Feller, Pedro Pablo Gutiérrez, Andrés Jana, Alvaro Ortúzar, Esteban Ovalle, Matías Ovalle, Fernando Rabat, Pablo Rodríguez Grez, Fernando Urrutia, Alfredo Waugh, Gabriel Zaliasnik.

Timonel de RN en la lista

Pero no sólo las "grandes" divisiones o áreas de práctica del derecho, ligadas principalmente al ámbito comercial, son las que destaca el Best Lawyers.

En el listado aparecen categorías con uno o dos integrantes, como Derecho en Aviación, cuyo laureado es Carlos Larraín Peña; Construcción, donde sobresale Diego Marín Correa, o Inmigración, donde Rodrigo Albagli es el reconocido por sus pares en esta edición.

Otras divisiones con pocos integrantes son Tax (Impuestos), donde se menciona a Juan Manuel Baraona y a Fernando Barros; Tecnología -con José Ignacio Ovalle a la cabeza-, Derechos Hídricos, con Sergio Diez y Rafael Vergara; y Propiedad Intelectual, con Arturo Alessandri y  Alfredo Montaner como los galardonados.



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Rodrigo González Fernández
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